La Secretaría General Técnica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en colaboración con los órganos competentes en materia de ITV de las Comunidades Autónomas, ha publicado la Revisión Séptima del Manual de Reformas de Vehículos, que será obligatoria a partir del 1 de noviembre de 2022.
El Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos es el actual documento en vigor, creado en su momento para unificar los criterios de la legislación española en esta materia, y mantenerlos coherentes con la normativa europea.
En resumen, la Revisión Séptima estructura el manual en cuatro secciones, en función del tipo de vehículo: M, N y O (a motor, para el transporte de personas, mercancías y remolques concebidos para estos usos); L, QUADS y UTV (a motor, de dos o tres ruedas, cuadriciclos y asimilables a ellos); agrícolas y vehículos de obras y/o servicios; y atendiendo en concreto a las particularidades sobre la matrícula, nos habla del cambio de emplazamiento de la placa para cada caso.
Detalla, como aspectos más importantes, el campo de aplicación, los actos reglamentarios, la documentación necesaria para llevar a cabo el emplazamiento, cómo debe ser la anotación de la reforma en la tarjeta ITV, e información adicional específica (aclaraciones o requisitos adicionales).
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Fuente: Secretaría General Técnica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo