A partir del 1 de noviembre de 2022 se dejarán de emitir notificaciones de la Administración en papel. Por ello, la DGT ha lanzado un nuevo requisito para las Personas Jurídicas: disponer de una dirección electrónica vial (DEV).
La Dirección General de Tráfico ha creado un buzón electrónico, obligatorio para personas jurídicas y voluntario para personas físicas, en el que darse de alta para recibir las comunicaciones y notificaciones de manera telemática, con los mismos efectos jurídicos que la notificación en papel. A partir de ese momento, cuando haya que enviar una notificación, especialmente una multa o sanción, se hará únicamente a través de este canal, de manera que no habrá que estar pendiente de cambiar la dirección de notificación, en caso de cambio de domicilio.
De esta manera, el aviso se podrá recibir a través de correo electrónico y por SMS, además de poder revisar el buzón de DEV; y se dispondrán de 10 días naturales para su lectura. De no hacerlo, pasaría al estado «rechazada», continuando el procedimiento.
La obligatoriedad de la DEV, no permite darse de baja. Sólo podrán hacerlo las personas jurídicas que cumplan los requisitos de: empresa extinguida, absorbida, fusionada o que haya cambiado de datos pero siga recibiendo notificaciones a través de la DEV.
Además de la DGT, podrán realizar notificaciones otros organismos competentes en materia de tráfico como el Servicio Catalán de Tráfico, la Dirección General de Tráfico del Gobierno Vasco y los ayuntamientos que vayan incorporándose al sistema.
Todo esto queda regulado en el Código SIA: 202331, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
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Fuente: Dirección General de Tráfico